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IA EN EL PERÚ: DECRETO SUPREMO N° 115-2025-PCM


La regulación de la Inteligencia Artificial (IA) en Perú, consolidada mediante la Ley N° 31814 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 115-2025-PCM, es un hito legislativo que trasciende la mera adopción tecnológica para abordar desafíos estructurales propios de nuestra economía. Este artículo analiza antecedentes normativos inspirados en el modelo europeo, la motivación detrás de la clasificación de riesgos y el cronograma escalonado de adecuación, el cual busca mitigar sesgos discriminatorios sin estrangular la innovación empresarial hasta el año 2028.

Autor: Cristopher Bejar (Ver todos sus post)

Decreto Supremo Ley Riesgo Algorítmico Derechos Digitales Informalidad Económica

Fecha de publicación: 2026-01-21 10:12:55
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[INTELIGENCIA ARTIFICIAL] IA EN EL PERÚ: DECRETO SUPREMO N° 115-2025-PCM

La decisión de regular la Inteligencia Artificial en el Perú no fue un evento aislado, sino la culminación de un proceso iniciado en julio de 2023 con la promulgación de la Ley N° 31814, la cual sentó las bases declarativas de interés nacional. Sin embargo, la materialización de esta norma en el reciente Decreto Supremo N° 115-2025-PCM responde a una urgencia doble: por un lado, la necesidad de alinearse con estándares internacionales como la AI Act de la Unión Europea, de la cual toma el enfoque preventivo basado en riesgos; y por otro, la realidad crítica del mercado peruano, donde la alta informalidad y la falta de datos estructurados crean un caldo de cultivo peligroso para que los algoritmos "invisibilicen" o discriminen a ciudadanos sin historial digital.

En este contexto, el reglamento aprobado en septiembre de 2025 establece una clasificación rigurosa que no solo prohíbe prácticas de "riesgo inaceptable", sino que también impone controles estrictos a los sistemas de "alto riesgo" utilizados en sectores sensibles como salud, justicia y empleo. La motivación detrás de esta medida es proteger la dignidad humana frente a la "caja negra" de los algoritmos, obligando a las organizaciones a garantizar la transparencia y la supervisión humana, ya que sin estos candados, la automatización podría perpetuar brechas sociales preexistentes en lugar de cerrarlas.

A pesar de la rigurosidad de la norma, el Estado ha optado por una implementación pragmática y no punitiva a corto plazo, diseñando un cronograma de adecuación que se extiende hasta septiembre de 2028 para sectores extractivos, mientras que áreas críticas como finanzas y salud deberán cumplir con los estándares para septiembre de 2026. Esta gradualidad busca evitar un choque regulatorio que desincentive la inversión, permitiendo que las empresas desarrollen capacidades técnicas y éticas bajo la supervisión de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital.

CONCLUSIÓN

La normativa peruana sobre IA constituye un esfuerzo sofisticado por equilibrar la modernización económica con la defensa de los derechos fundamentales, reconociendo que la tecnología no es neutral. Al integrar lecciones globales con una lectura lúcida de las carencias locales, el Perú apuesta por un modelo donde la innovación es bienvenida, siempre y cuando sea explicable, auditable y, sobre todo, centrada en el bienestar del ciudadano.



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INFORMACIÓN SOBRE EL AUTOR DEL ARTÍCULO
CRISTOPHER BRYHAN BEJAR AVALOS (PRACTICANTE/ DEVELOPER - CODIDEEP): Soy una persona proactiva y responsable con las actividades que tenga a mi cargo. El compromiso laboral que manejo se basa en garantizar un trabajo de calidad, realizado de forma eficiente y eficaz, ya que, poseo las habilidades y valores necesarios; así mismo, mi persona siempre está dispuesta a aprender y tomar en consideración las recomendaciones de mi entorno laboral.


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